PRESENTACIÓN

jueves, febrero 17, 2011

COMIENZA LA ESTUPIDEZ




El pasado nueve de enero publiqué el artículo Tabaco, estado y libertad. El último párrafo del artículo decía esto:

...Creo que acabaremos todos neuróticos o paranoicos. En cualquier caso, un poco más estúpidos y con algo más de mala leche. Eso sí, nuestro cuerpo sano como una manzana. Aunque no sé. La estupidez y la mala leche son a veces la causa de otros males que pueden acabar también perjudicando la salud. ¿O no?...

Leo las siguientes noticias en los periódicos. Sin comentarios.

Amonestado el musical 'Hair' porque se fuma en escena.
Los responsables de la obra aseguraron ayer que los actores no consumen tabaco en el escenario, sino una mezcla de hierbas procedentes de una herboristería

"La Agencia de Salud Pública de Barcelona ha enviado una advertencia a los responsables del musical Hair, Love & Rock Musical, que se representa en el Teatro Apolo de la capital catalana, porque se fuma en el transcurso de la obra. El aviso de una posible sanción llega después de la denuncia de un espectador. La ley antitabaco, que entró en vigor el 2 de enero, prohíbe fumar en todos los locales públicos cerrados.

Los responsables de la obra aseguraron ayer que los actores no consumen tabaco en el escenario, sino una mezcla de hierbas procedentes de una herboristería. Y lo hacen porque el musical transcurre durante "los años hippies y en esa época se fumaba", según explicó el director de producción, Roger Peña, a Efe.
El requerimiento recibido desde la Agencia de Salud Pública es "estrambótico" y "ridículo", dijo Peña, que en tono irónico añadió: "Si seguimos así acabaremos por prohibir las películas en las que se fuma y le quitaremos el cigarro a Humphrey Bogart". El responsable del espectáculo musical asegura que no tiene ninguna voluntad de hacer "apología del tabaco".
Pero las comunidades están decididas a hacer cumplir la ley. La consejería de Salud de la Junta de Andalucía ordenó la semana pasada clausurar el Asador Guadalmina de Marbella, después de que su dueño, José Eugenio Arias-Camisón, se negara a pagar una multa de 145.000 euros. Este local fue el primer restaurante que se declaró insumiso a la ley. Y se ha convertido también en el primero que ha sido clausurado por incumplir la norma. El juez decidirá si el local puede volver a abrir sus puertas."

Enlace a la noticia.


Si tienes una empleada de hogar, no puedes fumar en tu casa
Los propietarios de la vivienda deben esperar a que se vaya la trabajadora para poder echar un pitillo


"La normativa antitabaco llega a afectar al ámbito privado hasta extremos que nadie hubiera imaginado cuando entró en vigor el 2 de enero. El Observatorio para el Seguimiento de la Ley del Tabaco -un grupo de expertos dependiente del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad- considera que es ilegal fumar en tu propia casa mientras esté trabajando en ella una empleada de hogar.
La interpretación que se hace de este asunto parte de una cuestión básica: la ley prohíbe fumar en todas las empresas. Los legisladores entienden que, para los empleados domésticos, el centro de trabajo es la vivienda en la que desarrollan su actividad laboral. Como no se permite fumar en los espacios cerrados, durante la jornada laboral de esta persona no se puede encender en la casa ni cigarrillos, ni puros, ni pipas, ni nada que tenga que ver con el tabaco. Una vez que se vaya, la cosa cambia. Fuera de la jornada laboral, el centro de trabajo vuelve a considerarse como una vivienda privada y sus inquilinos pueden, en consecuencia, fumar con toda libertad. Sorprendente.

Otra de las cuestiones que ha analizado el Observatorio se refiere a la responsabilidad de consumir un cigarrillo en un cajero automático. ¿Recae en el usuario o en la propia entidad bancaria?
Los expertos consideran que cuando ocurre algo así pueden estar cometiéndose dos infracciones y por tanto cabe pedir diferentes responsabilidades. Por un lado, la persona que fuma en un lugar donde no está permitido hacerlo comete una infacción leve, castigada con apercibimiento o multa de una cuantía máxima de 3.000 euros.

Permitir fumar en lugares donde existe una prohibición expresa, como sería el caso de un cajero automático, se considera una falta grave. La sanción en este caso oscila entre 3.001 y 15.000 euros, aunque puede conllevar el cierre o la suspensión temporal de la actividad durante dos años.

Las infracciones «son diferentes», según explicaron las fuentes del Ministerio de Sanidad consultadas por este periódico, aunque la responsabilidad, en ambos casos, es del autor que la comete. El fumador comete una falta leve y el dueño de la entidad bancaria, si es consciente de lo que sucede, cometería una grave. En un bar ocurriría lo mismo. El cliente cometería una falta leve y el hostelero que lo autoriza, una grave. Así están las cosas."

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2 comentarios:

  1. Me fumo entonces un puro con esa noticia, Jesús...
    Un abrazo con humo

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  2. Laura, un afectuoso saludo desde El Palomar.
    Gracias por participar, chavalota.

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