En la guerra de Irak del ya lejano 2003 se puso de moda una tríada
crítica que pretendía descalificarla de forma absoluta: la guerra es ilegítima,
ilegal e injusta. Junto con el lacónico no a la guerra, los tres
términos actuaban como redundancias retóricas que pretendían subrayar que dicha
guerra era inadmisible. Una y mil veces repetidas se convirtieron en eslogan que nadie se preocupaba de razonar con un poco de fundamento. Desde
entonces he escuchado no pocas veces las tres palabras seguidas para
descalificar una acción derivada de una decisión política. No obstante, cuando en política se utilizan meras palabras inconexas a modo de consigna se suele
buscar la adhesión incondicional y la afectación del que las escucha más que la comunicación o el juicio. Mi
intención no es ahora hablar de la guerra de Irak sino esclarecer, al menos someramente,
los tres términos citados para abundar en el concepto y restar al lenguaje
político cotidiano algo de su intención emocional. La descalificación exaltada
equivale siempre a un mero desahogo sentimental, pero en política conviene
siempre la argumentación. En estos asuntos las palabras nos deben hacer
entender o al menos pensar, y no tanto sentir.
La legalidad se predica
fundamentalmente de las acciones. Son legales si son conformes a la ley vigente
e ilegales si están en contra. La ley es un precepto que se debe cumplir. Se
diferencia de la norma moral en que el incumplimiento de la ley conlleva una
sanción externa, mientras que en el ámbito moral solo existe una sanción
interna en forma de culpa o vergüenza. La ley, también llamada ley política o
ley positiva, se acompaña siempre de un poder con la fuerza necesaria para
obligar a cumplirla. En nuestro mundo actual ese poder es identificado con el
Estado. Las leyes de la ONU o sus ocasionales resoluciones, no son propiamente leyes, pues
sin estado no hay tampoco verdadero poder sancionador. De todos es sabido que
las sanciones de la ONU se cumplen o no dependiendo del equilibrio de fuerzas
internacionales y no debido al incumplimiento de la ley en sentido estricto.
Las llamamos leyes, pero son más bien una declaración de principios con
pretensión de moralidad universal. Afirmar que una acción es legal, y acentuar
especialmente esta cualidad sin apelar a otras (su justicia o la legitimidad de
la ley a la que se pliega, por ejemplo), no dice nada sobre lo conveniente o no
de la acción. Hitler o Stalin tenían su propia legalidad. Una ley puede ser
justa o injusta y también legítima o ilegítima. La justicia y la legitimidad de
la ley es lo que da valor a la ley y nos obliga a cumplirla más allá de la
coacción del estado.
Lo legítimo se predica de la
ley, el poder o el gobernante. Y solo equívocamente se predica de las acciones.
Las leyes de un Estado, el régimen político y sus gobernantes son o no son
legítimos. En principio son legítimos si por amplio consenso la población los
acepta. En tal caso las leyes seguirían funcionando moderadamente bien sin
necesidad de coacción externa. Ciertamente esto es difícil de constatar. El
pueblo puede obedecer por miedo y el gobernante puede insistir en que obedece
voluntariamente. Por eso los políticos modernos, y no solo los democráticos,
tienden a buscar un procedimiento más objetivo para su legitimación. Recurren a
menudo a consultas populares o plebiscitos.
Pero, ¿cuáles son los medios
más habituales de legitimación para llegar a este presunto consenso? Max Weber
señala tres que suelen ser asumidos por la sociología moderna. El primero es la
tradición. Por ella se legitimaban las monarquías europeas del pasado. En el
caso de las monarquías se suele utilizar la expresión legitimidad dinástica. El
filósofo Jonh Locke dedicó su Primer
tratado de gobierno civil a desmontar la idea de que el origen de los reyes
se derivaba de una remota cesión divina y que los poderosos aristócratas eran
herederos de Adán. Lo que viene a constatar que tal legitimidad era ciertamente
asumida por gran parte de la población. Recordemos que en el origen de la
Revolución francesa ni siquiera el incorruptible Robespierre cuestionaba la
legitimidad del rey. Los representantes del Tercer Estado pedían, sobre todo,
que en el legislativo no se votase por estamentos, sino por cabeza. Pero el rey
seguía siendo el jefe indiscutido del ejecutivo y se arrogaba no pocos
privilegios. Lo mismo ocurría en Cádiz de 1812. Las cortes elaboran una
constitución, pero la legitimidad de Fernando Vll no era cuestionada. Y no lo
era, entre otras razones, porque por amplio consenso la mayoría de la población
aceptaba su reinado, como más tarde se constató con la infame exclamación
popular de vivan las caenas. El conflicto dinástico estaba tan
involucrado con el pueblo que tras la muerte de Fernando Vll provocó la guerra
carlista entre los partidarios de Carlos y los de Isabel, hermano e hija del
rey respectivamente. El carisma es otra forma de legitimación. A menudo un
líder o un caudillo, que para la mayoría resulta un hombre excepcional, es
aceptado para dirigir los destinos de su país. Julio Cesar o Napoleón tenían,
sobre todo, esta legitimidad. La tercera legitimidad se la suele llamar
racional y pretende ser más objetiva. Esto es, pretende derivar de un respeto a
los procedimientos de participación ciudadana. En cierto sentido podemos
asimilarla a la legitimidad democrática. Tras argumentos y debates el pueblo o
sus representantes elaboran una constitución y el poder se constituye. En
algunos países, tras ser aprobada por referéndum, la constitución adquiere
legitimidad democrática. Los políticos, que serán elegidos periódicamente por
la ciudadanía, adquieren así legitimidad.
Lo justo se predica
fundamentalmente de la ley. Y, por extensión, de las acciones y del poder. Las
leyes, las acciones humanas o el poder político pueden ser justos o injustos.
¿Cuándo son justas las leyes? Tomás de Aquino, siguiendo a Aristóteles, nos
habla de cierta ley natural que rige a los seres naturales: la naturaleza. El
perro, el gato y el abeto tienen su propia naturaleza. Y también el hombre. Dentro
de la naturaleza del hombre encontramos las normas morales. Una naturaleza
peculiar: a diferencia de animales y plantas, el hombre puede cumplirla o no ya
que está dotado de voluntad y libre albedrío. Esta moral natural, que para
Tomás es objetiva, racional, universal y proviene de Dios; será el paradigma
para saber si la ley política en cuestión es justa. Si se aleja de la norma
moral, la ley es injusta. Posteriormente el jurista holandés del siglo XVll
Hugo Grocio abunda en este planteamiento escolástico denominando iusnaturalismo
a esta justificación de la ley. Aunque presumiblemente hay pocos ciudadanos que
crean hoy al cien por cien en la moral que predicó Tomás de Aquino o el propio
Grocio, la mayoría seguimos siendo iusnaturalistas. Cuando protestamos con
enfado por lo inconveniente de una ley y decimos que esa ley es injusta,
estamos apelando, sepámoslo o no, a una norma moral que reconocemos en nuestro
interior (una moral natural) y que se aleja escandalosamente de la ley política
en cuestión. Por ende, tenemos una gran inclinación a pensar que esa moralidad
interior es universal, como decía Tomás. No obstante, puede ocurrir que alguien no solo
niegue la universalidad de la moral de Tomás de Aquino, sino la existencia de
cualquier moral universal. En este caso, o bien el concepto de justicia es
eliminado a favor de la mera legalidad; o bien legalidad y justicia pasan a ser
considerados sinónimos. Identificar legalidad con justicia se conoce como
iuspositivismo. El padre del iuspositivismo moderno es el pensador austriaco
del siglo pasado Hans Kelser. Una ley es justa por el mero hecho de ser ley. Y
por ser ley, y por ende justa, se debe cumplir. El iuspositivismo tuvo su peor versión
en el Tercer Reich, donde Hitler se convirtió, sin más, en fuente de derecho.
De modo que decir que una
acción es ilegítima es no decir nada. A no ser que entendamos ilegítimo como
sinónimo de injusto, que es lo que solemos hacer en el lenguaje cotidiano,
aunque nunca en la ciencia política. Si queremos ser más precisos y decimos que
lo que es ilegítimo es la ley, utilizamos bien el lenguaje, pero no estamos
dando mucha información si no concretamos el tipo de legitimidad a la que nos
referimos. A saber: tradicional, carismática o democrática. La ley sálica, por
ejemplo, puede tener legitimidad tradicional pero dudosa legitimidad
democrática.
Afirmar que una acción es
ilegal tampoco nos da mucha información ni supone, en sí mismo, una
significativa valoración. En la Alemania nazi era legal la discriminación
racial y en muchos países islámicos es legal la discriminación de la mujer.
Ante la expresión esa acción es ilegal, deberían seguir siempre las
preguntas: ¿para qué estado?,¿tiene ese estado legitimidad?, ¿de qué
tipo?, ¿asumiría yo como ciudadano esa legitimidad?
Señalar que una ley es injusta,
aunque sea con una exaltada exclamación, tampoco dice gran cosa. Solo que no
coincide con mi moral. Si bien tendemos a creer que existe una moral de
validez universal, es obvio que la moralidad de cada uno de los ciudadanos no
es exactamente la misma. Aunque cabe suponer que coincide a grandes rasgos (lo
inconveniente de asesinar o robar no suele ser objeto de polémica), varía a
veces en cuestiones importantes. Para muchos la ley que permite el aborto es
injusta y para otros no. ¿Quizá uno de los dos está equivocado? Lo mismo ocurre
con el matrimonio homosexual o las corridas de toros, por poner dos ejemplos
más de sobrada actualidad. Aquí vuelve a tener importancia la idea de
legitimidad. La moral, que tiene siempre vocación universal, suele ser difusa y
no del todo coicidente en todos. La ley, más concreta y de obligado
cumplimiento, garantiza así la convivencia. Si admitimos el procedimiento por
el que se llega a la ley (su lergitimidad), asumimos con ello su cumplimiento y el compromiso de respetarla aunque ésta nos resulte injusta. En las sociedades abiertas el
ciudadano disconforme con la ley, por medios pacíficos y a la vez legítimos, intentará hacer lo
posible para cambiarla.
Las palabras nos hipnotizan y
nos emocionan en poesía. Pero el discurso político es más bien prosa que
requiere de nosotros tranquila reflexión. Si el eslogan, el ripio o el
ingenioso juego de palabras nos seduce haríamos bien en atarnos al mástil de la
razón, como Odiseo, para no sucumbir a los cantos de sirena.
4 comentarios:
Buena entrada. Retoco parte de mi vocabulario (la futura entrada "poder") para que quede así (citándote como fuente). Te agradecería que me corrigieras lo que esté mal:
Hay poderes legítimos (los que se "ejercen" con legitimidad, por una autoridad "de derecho") y poderes ilegítimos (los que se "detentan", por un usurpador o tirano -que sólo es autoridad "de hecho"). La legitimidad, según Max Weber, pude tener distintos orígenes (la tradición -legitimidad "dinástica"-, el carisma y la "razón" -legitimidad racional o "democrática"-), pero en todos los casos supone un consenso, una aceptación general (sin aceptación, no hay legitimidad). No hay que confundir la legitimidad con la legalidad o la justicia (que entre sí pueden entenderse como cosas diferentes -para los iusnaturalistas- o como cosas idénticas -para los iuspositivistas-, pero que, en ambos casos, en realidad no dependen del consenso, sino que están previamente establecidas, a no ser que cambiemos las leyes -cosa que no se puede hacer "a posteriori", vulnerando el Estado de Derecho- o decidamos por mayoría cuál es la "moral natural" -cosa absurda, únicamente podríamos aproximarnos a una moral particular generalizada, más compartida o más "de moda"-).
Hasta donde me llega el coco, veo en tu escrito una estupenda síntesis de los conceptos fundamentales. Bueno, en mi entrada (y por ende en la tuya) he dejado al margen lo problemático del concepto “moral natural”. En cierto sentido todos vivimos nuestra moral como moral natural, pero lo paradójico es que nuestras “morales naturales” no son idénticas. Y esto, claro, es causa de conflicto, más aun cuando han muerto los absolutos que las sustentaban y las instituciones que las encarnaban (Dios, tradición, Iglesia, etc). Precisamente estoy repasando la historia de EE.UU y los que protestaban contra las abusivas leyes británicas (impuestos, timbres, ley de acuartelamiento, etc) lo hacían o bien apelando a la igualdad ciudadana como súbditos de la corona británica o bien apelando al derecho natural, que fue la tesis que finalmente triunfó. El derecho natural, en cierto sentido desligado de Dios (al menos no tan dependiente de Él como en los escolásticos), era un valor asumido por los ilustrados. Tanto para Rousseau como para Locke. Rebelarse contra un gobierno injusto era pues un derecho.
Entonces: qué sea lo justo es opinable, mientras que qué sea lo legítimo lo es menos. Siempre habrá quien discrepe, pero lo legítimo es lo que la comunidad acepta por consenso. Pongamos otro problema, que me has suscitado con tu americanofilia y por el que pido perdón (qué cansino es este asunto): ¿Por qué fue legítima en 1776 la autoridad revolucionaria americana e ilegítima la autoridad colonial inglesa? Tanto en ese caso como en el caso catalán de 2015 se trata de la aceptación por consenso, pero dado que se trata de escindir el cuerpo social en cuyo seno hay que consensuar ¿cómo se establece el límite geográfico o lingüístico o étnico o religioso del demos? En mi vocabulario he incluido esta reflexión (que no es mía): "¿por qué tengo que ser una minoría en tu Estado si tú puedes ser una minoría en el mío?" En realidad no se trata de ninguna injusticia ni agravio (por cierto, buen artículo de Arcadi Espada sobre lo de los agravios-greuges http://www.elmundo.es/cataluna/2015/08/03/55be737b22601d4f588b4588.html ) sino de decidir quién decide. Es lo único que hay que decidir, porque decidido eso ya está decidido todo: el que decide es el soberano "que no reconoce superiores". El derecho a decidir es una tautología, un objeto que coincide con el sujeto. Si el problema no es de justicia, y el problema de la legitimidad no puede resolverse sin un acto arbitrario ¿queda desnudo entonces el verdadero móvil? Las élites sociales (terratenientes como Washington o Jefferson) se movieron por sus intereses o por lo que percibían como sus intereses. El lema más evidente de la campaña independentista catalana es "Espanya ens roba": identificación de "otro", identificación del "nosotros", identificación de la incompatibilidad de intereses. Otros lemas: "nosotras parimos, nosotras decidimos", "Dios es grande, destruid a los infieles"
La ley se cambia o se reforma legalmente o ilegalmente. Si se cambia ilegalmente puede ser por revolución, guerra o golpe de estado. ¿El nuevo poder y las nuevas leyes son legítimas y/o justas? Complicada pregunta. Kant, entusiasmado por la revolución francesa como espectador no era partidario de ella como actor. Pero dice que tras una revolución o guerra las leyes del estado hay que cumplirlas (¿son entonces legítimas?). Kant no opinaba exactamente lo mismo de un golpe de estado. En este último caso el cambio de legalidad se lleva en secreto evitando toda publicidad y sin espectadores que puedan juzgar.
Podríamos responder a la pregunta del millón con una respuesta circular, casi tautológica: las leyes de nuevo estado son legítimas si son consentidas y apreciadas como justas por una inmensa mayoría de la población. Si esto ocurre se producirá una situación de estabilidad duradera. Sé que esto es decir poco. Por eso yo pondría el acento en los actores políticos que se disponen a cambiar la ley de modo revolucionario. La vida es complicada e imprevisible. El estado y la ley nos da un poco de seguridad y hace que nuestras vidas sean un poco más previsibles y seguras. Cuando un actor político se decide a intentar cambiarla, rompiendo la legalidad anterior, debería estar convencido de que el momento de inseguridad e injusticia que producirá la revolución compensará las “injusticias” de la situación pasada (en tiempos pasados la revolución implicaba grandes riesgos para los revolucionarios y por tanto gran dosis de valentía. Los firmantes de la declaración de independencia de los EE.UU sabían que estaban firmando su sentencia de muerte en el caso de no triunfar la revolución. Los pseudorevolucionarios catalanes no son tan valientes y creo que no cuentan, con razón, con esta trágica posibilidad) Asimismo, debería considerar si hay un verdadero consenso en la población y si la nueva situación tiene posibilidades de hacerse estable. Obviamente, yo dudo de que todas estas condiciones se den en Cataluña. Y no tendría mucho sentido que “un actor sensato” iniciase un acto revolucionario. Pero en fin, la historia de la humanidad es como una pelea de borrachos en un bar. Todo es posible.
En relación a la pregunta. ¿quién decide?, la respuesta es el soberano. Si se produce un proceso independentista legal de una parte de España debería decidir el soberano, es decir, todos y cada uno de los ciudadanos españoles. Apelar a un presunto derecho de los catalanes para decidir sobre su independencia es un acto evidente de propaganda. Tampoco los americanos de las colonias podían apelar en serio a este derecho en cuanto derecho positivo (ellos apelaban a un presunto derecho natural). Precisamente la revolución o la guerra pretende instaurar un nuevo cuerpo legal que deja sin valor la legalidad anterior. Una vez iniciada la revolución el nuevo demos (soberano) se define por el azar de los acontecimientos y la estrategia de los actores. Si EE.UU logró constituirse en demos soberano tras la declaración fue porque sus alianzas con Francia y otros países se lo permitieron.
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